Prohibición de objetos plásticos de un solo uso.

 

    


Para los ecuatorianos no nos es extraño ver un vaso y sorbete plástico de granizado enterrado en la arena de nuestras playas. Tampoco es extraño encontrarnos en redes sociales con videos de rescatistas liberando animales envueltos en fundas o cobertores de plásticos. Y el problema es precisamente pensar que esto no es extraño, cuando no hay cosa más antinatural que el plástico en la naturaleza.

    Según la ONU Medio Ambiente, para el año 2050 existirán cerca de 12 mil millones de toneladas de desechos plásticos repartidos en vertederos, mares y océanos. Plástico que se demora 150 AÑOS en degradarse, y que al degradarse va soltando partículas que también son nocivas para los hábitats de los animales.

 

    Teniendo esto en consideración, la comisión ambiental de la  Unión Europea en el año 2019 estableció, como medida para reducir el impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, que desde el 3 de julio de 2021 queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microesferas de menos de 5 milímetros,  tales como hisopos, cubiertos de plástico, platos, sorbetes, palitos agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de ese mismo material.

 

    Estando ya 2021, este sábado 3 de julio, se hará realidad esta disposición y la venta de estos objetos de plástico de un solo uso para consumo de alimentos quedarán prohibidos en el conjunto de la Unión Europea.

 

La Comisión Europea busca la retirada del mercado de los productos de plástico de usar y tirar (para los que ya existen alternativas) y, para ello, aprobó hace ya dos años una directiva al respecto, que daba de plazo a los Estados miembro hasta este próximo sábado. Hace apenas un mes, el 31 de mayo pasado, Bruselas pidió a los Veintisiete que armonizaran la prohibición de plásticos de un solo uso y urgió a los países a que garantizasen que "las nuevas reglas son aplicadas de forma correcta y uniforme" en bloque.

 

    Adicionalmente, ese mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de marcado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida.

 

  Pero ¿Acaso están prohibido estos objetos en Ecuador?

En el marco de nuestro país, vale mencionar que de acuerdo a la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, las fundas plásticas poseen un impuesto de consumo especial: este año es de 6 centavos cada funda plástica.

 

Y el 2 de noviembre del 2020, entró en vigencia una ley donde se prohibirá, dentro de doce meses, la comercialización y uso de bolsas y envases de plástico de un solo uso para bebidas y alimentos de consumo humano (especialmente en islas, playas y reservas naturales), plástico para reparticiones y las bolsas plásticas de un solo uso deberán tener un 50% de material reciclado. Además que se espera que para el 2022, los objetos de plástico de un solo uso, no sean dados de forma gratuita a los clientes en los restaurantes.

 

 

Colaboración para el ecoblog de Ps. Oksana López -

 

Comentarios